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¿Cuál es el primer paso para obtener la ciudadanía americana?
Establecer la residencia permanente es el primer paso para adquirir la ciudadanía estadounidense por matrimonio. Esto se logra obteniendo una tarjeta verde otorgada por el Servicio de Inmigración de EU (USCIS).
¿Quiero la naturalización, pero no me encuentro en Estados Unidos, qué opciones tengo?
Si aún no te encuentras en los Estados Unidos, una opción para ingresar legalmente al país es que su cónyuge presente el Formulario I-130, Petición de familiar extranjero. A partir de ese permiso podrás comenzar a tramitar la tarjeta de residencia.
¿Cuándo y cómo obtener la ciudadanía americana por matrimonio?
La respuesta general es que debes ser residente permanente, es decir, titular de la tarjeta verde o green card, durante al menos tres años y haber estado viviendo en unión matrimonial con su cónyuge ciudadano estadounidense durante ese tiempo.
Si ya pasó ese tiempo, entonces puedes presentar el Formulario de ciudadanía N-400, Solicitud de naturalización, junto con la documentación solicitada y la tarifa correspondiente de USCIS.
¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad necesarios para solicitar la ciudadanía americana?
- Tener 18 años o más.
- Haber vivido dentro del estado o distrito de USCIS con jurisdicción sobre su lugar de residencia durante al menos tres meses antes de presentar la solicitud.
- Tener un matrimonio legal.
- Haber estado viviendo en unión matrimonial con su cónyuge ciudadano estadounidense durante los tres años inmediatamente anteriores a la fecha en que presentó su solicitud y mientras se adjudica su solicitud.
- Residir continuamente dentro de los Estados Unidos desde la fecha de su solicitud de naturalización hasta el momento de la naturalización.
- Estar físicamente presente en los Estados Unidos durante al menos 18 meses de los tres años inmediatamente anteriores a la presentación de su solicitud.
- Poder leer, escribir y hablar inglés y tener conocimiento y comprensión de la historia y el gobierno de los Estados Unidos. Para comprobar esto deberás aprobar el examen de ciudadanía de USCIS.
- Ser una persona de buen carácter moral, apegada a los principios de la Constitución de los Estados Unidos.
¿Qué es el Perdón I-601A?
El Perdón I-601A es un Perdón provisional por motivos de inadmisibilidad de la presencia ilegal conforme a la Ley de Inmigración y Nacionalidad Sección 212(a)(9)(B), antes de salir de los Estados Unidos para presentarse en una Embajada o Consulado de los EU para una entrevista de visa de inmigrante. Para solicitar el Perdón I-601A, visite el sitio web de USCIS.
El Perdón I-601A es condicional. Si tiene cualquier otra inelegibilidad, este Perdón ya no es válido. Debe solicitar un nuevo Perdón.
Para los aplicantes que tengan el perdón I-601A aprobado o pendiente: Si el peticionario o el co-aval no cumplen los requisitos financieros al momento en que el aplicante se presenta a su entrevista en la Embajada Americana, el perdón I-601A será invalidado. Es muy importante que el peticionario o el co-aval cumplan los requisitos financieros.
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