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Indocumentado podrá tener a un “amigo” en su juicio de deportación

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Si un inmigrante indocumentado carece de asistencia legal en su juicio de deportación ya puede llevar a un “amigo” al tribunal que le ayude a entender el proceso y pelear por sus derechos.

El “Amigo de la Corte” es una herramienta valiosa para el indocumentado

David Neal, director de la Oficina de Revisión de Casos de Inmigración (Corte de Inmigración –EOIR-) fue el funcionario que anunció el programa “Amigo de la Corte” recientemente.

Neal dijo que dicho programa “ayudará a los tribunales de inmigración con una gestión de casos eficaz y eficiente”. 

“El ‘Amigo de la Corte’ es una herramienta valiosa que ayuda a los inmigrantes a navegar por el complejo proceso de inmigración y por lo tanto, crear una mayor eficiencia y equidad al ayudar a los demandados a mejorar el funcionamiento y los procedimientos judiciales”, señaló en días pasados.

De hecho, la EOIR dice que los tribunales de inmigración ya han utilizado el modelo “Amigo de la Corte” (Friend of the Court) exitosamente “para ayudar con expedientes relacionados con Menores (niños) no Acompañados y grupos familiares”, quienes han sido encontrados en la frontera tras llegar en busca de asilo luego de huir de sus países de origen.

Los beneficiados del “Amigo de la Corte”

Los inmigrantes sin papeles migratorios que han sido detenidos y que se encuentran en proceso de deportación en la Corte de Inmigración y no cuentan con un abogado que los ayude a defenderse legalmente durante el juicio son los principales beneficiados de este programa de la EOIR.

Los inmigrantes beneficiarios de este programa podrán ser acompañados en las audiencias del juicio por un ‘Amigo de la Corte’. 

Un punto destacable es que la EOIR le solicita tanto a los jueces como al personal del tribunal y a los fiscales que le den la bienvenida a esta nueva figura en los procesos de deportación.

¿Cómo definir al “Amigo de la Corte”?

Ahora bien, todo lo anterior no debe de hacer pensar que el “Amigo de la Corte” es parte o representante de parte en el proceso judicial, pues el EOIR sólo lo define como el individuo u organización que participa en un proceso de expulsión ante un tribunal de inmigración “para facilitar el flujo de información en la sala”.

Por tanto el único papel de un “Amigo de la Corte” es el de aumentar la comprensión de los procesos por parte de los demandados, así como del total de su derechos y obligaciones, por lo menos en la mayor medida posible.

¿Qué sí puede hacer un “Amigo de la Corte”?

Al “Amigo de la Corte” tampoco le está permitido realizar ninguna presentación en un caso, incluidas, entre otras, solicitudes, apelaciones, alegatos o mociones; porque, recordemos que no es un representante legal (abogado) de una de las partes (en este caso del inmigrante) en los juicios.

Lo que sí puede hacer el “Amigo de la Corte” es llamar la atención sobre la ley o los hechos que pueden ser útiles para el tribunal. De igual forma, se le permite dar información al juez de inmigración.

A promoverlos para juicio

Los Jueces Asistentes en Jefe de Inmigración (ACIJ por sus siglas en inglés) y los administradores de la Corte han recibido la instrucción de que se alienten y promuevan las prácticas judiciales que faciliten la asistencia de los “Amigo de la Corte”.

Otra petición para los ACIJ es que tienen que consultar con los Programas de Acceso Legal (LAP) de la EOIR para que así se refuerce la capacidad y los esfuerzos de la agencia con el fin de apoyar al indocumentado demandado.

Te aclaramos más la función de un “Amigo de la Corte” en el juicio

El tribunal de inmigración –subraya la EOIR– tiene discreción para determinar el alcance de la asistencia brindada por un “Amigo de la Corte”, pero hay ejemplos de cómo puede apoyar al tribunal y a su vez acrecentar la comprensión y participación del inmigrante demandado en sus propios procedimientos de deportación hay varios.

El primero es que puede proporcionar orientación en la sala del tribunal, ya que un “Amigo de la Corte” puede ayudar a la Corte a identificar al demandado en la sala del tribunal, guiar al indocumentado demandado por la sala del tribunal, sentarse con al demandado durante el procedimiento, ayudarlo a recibir la documentación, y apoyarlo en la identificación de los documentos solicitados por el juez de inmigración.

En cuanto al tema de facilitar la comunicación, el “Amigo de la Corte” puede reforzar la explicación de procedimientos judiciales y los derechos del indocumentado en los procedimientos de inmigración informados por el Juez de Inmigración.

De hecho, puede pedir la aclaración del Juez de Inmigración a petición del demandado indocumentado, o avisarle al Juez de Inmigración en los casos en que considere que el inmigrante no ha entendido lo expuesto por el Juez.

La síntesis de su labor es ayudar a explicar las funciones y los procedimientos de la sala del tribunal. 

Además de explicar los roles de varios actores en la sala del tribunal, como el del intérprete y abogado (fiscal) del Gobierno, el “Amigo de la Corte” puede proporcionar información útil y pertinente al caso del inmigrante demandado. 

Asimismo, puede ayudar a la Corte alertando sobre la información relevante para el estado del caso del inmigrante demandado, pero sin comprometer la integridad de la adjudicación.

Más tareas relevantes de un “Amigo de la Corte” durante el juicio

En algunos casos el Juez de Inmigración puede requerir información sobre la posible reunificación con familiares u otras personas. Esta información –que también puede ser entregada por el “Amigo de la Corte”– puede ayudar al Juez a decidir cuáles pasos tomar, por ejemplo, por cuánto tiempo se justifica la continuación del juicio.

En un caso de este tipo, el “Amigo de la Corte” puede proporcionar al tribunal información sobre la parte con la que un menor busca reunificación y cuánto se espera que tome el proceso legal. 

Igualmente, puede darse el caso de que el Juez requiera información sobre el posible plan de liberación e intenciones luego de la liberación para así decidir las siguientes acciones o determinaciones a tomar respecto al juicio.

Incluso, puede actualizar al tribunal sobre el estado de cualquier asistencia legal voluntaria para el inmigrante demandado. Dicha información también puede coadyuvar a que el tribunal tome decisiones respecto a cuándo puede el caso proceder con justicia.

“Amigo de la Corte” alerta

Cualquier necesidad especial que el inmigrante demandado pueda tener con respecto a las actas también puede ser comunicada al tribunal por parte del “Amigo de la Corte”.

Un ejemplo sería que el “Amigo de la Corte” informara a la Corte considerar otro idioma para la interpretación a fin de garantizar o mejorar la comprensión de los procedimientos por parte del demandado.

Otra tarea permitida al “Amigo de la Corte” es que puede alertar a la Corte sobre cualquier problema de salud mental, o llamar su atención respecto a temas particularmente delicados o discretos relacionados con ese tema.

Ayudar con formularios

Asistir al demandado en el llenado del formulario de Cambio de Domicilio (Formulario EOIR-33/IC), por ejemplo, puede ser otra de las posibles tareas del “Amigo de la Corte”. 

Ya que la responsabilidad de presentar el formulario ante la Corte de inmigración depende del demandado, el “Amigo de la Corte” puede apoyarlo para garantizar que el formulario se llene completamente y sea presentado a la corte y al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) oportunamente.

De acuerdo con la información difundida por la EOIR el “Amigo de la Corte” también puede:

  • Facilitar la asistencia a las audiencias.
  • Mejorar el entendimiento del inmigrante sobre la orden o declaración del Juez de Inmigración con respecto a futuras audiencias.
  • Ayudar a que el demandado entienda la Orden o declaración del juez de inmigración con respecto a la necesidad de regresar a la corte para futuras audiencias y puede reforzar los consejos del Juez de Inmigración con respecto a las posibles consecuencias por no presentarse.
  • Buscar aclaraciones del Juez de Inmigración a petición del demandado, o alertar al Juez de Inmigración si el “Amigo de la Corte” se entera o cree que el entrevistado no entiende.
  • De igual forma puede solicitar que el Juez de Inmigración reafirme o refuerce la importancia de comparecer en futuras audiencias.

Otras tareas autorizadas para el “Amigo de la Corte” son que, cuando corresponda, tendrá permitido:

  • Ayudar a conectar al procesado con recursos comunitarios disponibles, incluida la derivación a servicios legales pro-bono y proveedores de servicios sociales.
  • Servir como enlace entre el demandado y las agencias gubernamentales (por ejemplo, ayudar al demandado a obtener información general sobre los procedimientos de asilo y ajuste de estatus ante el servicio de inmigración).
  • Recomendar uso de tecnología remota, como el teléfono o a través teleconferencia.

Y no tiene autoridad para:

Aceptar o conceder servicio, admitir alegaciones fácticas, presentar alegatos, solicitar una orden de remoción o reparación de remoción, o buscar o renunciar a la apelación en nombre del demandado.

No pretende ser un sustituto de un abogado

El “Amigo de la Corte” tiene un papel útil que desempeñar en ayudar al tribunal y mejorar la comprensión de los procedimientos por parte del demandado, pero no pretende ser un sustituto de un representante legal.

El EOIR también señala que debe alentarse a los jueces de inmigración y administradores de tribunales a que otorguen el tiempo suficiente para que los demandados puedan tener acceso a un abogado y para facilitar la representación pro-bono.

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