Recuerdas que hablamos de que el Departamento de Inmigración (USCIS) está aceptando una postura diferente para las personas que están haciendo su proceso de ajuste de estatus, el proceso de residencia dentro de EU, y están sujetas al castigo de 3 o 10 años por una salida que hicieron anterior a la solicitud de la residencia permanente.
Cambios en la ley de castigos de tres y 10 años anunciado por USCIS
Cómo tú sabes, y como habíamos explicado anteriormente, cuando una persona acumula de 6 meses a menos de un año de presencia ilegal en Estados Unidos, al momento de que sale de Estados Unidos, si es que no contaba con un estatus legal o si se había pasado ya del tiempo que tenía en permitido en la visa, se hace acreedor a un castigo de tres años.
Si la presencia ilegal en Estados Unidos es de más de un año, de 365 días en adelante, el castigo, al momento de que sale de Estados Unidos es de 10 años.
Muchas personas que están haciendo un proceso de residencia tienen manera de curar ese castigo, pero otras personas, específicamente los padres de ciudadanos americanos, no tienen manera de curar ese castigo, porque un hijo no puede curar un castigo por presencia ilegal.
Un hijo solamente puede solicitar a los papás pero no puede interponer un perdón si es que le dan el castigo de 3 o de 10 años.
Este cambio en la política migratoria es importante porque está diciendo que esas personas que activaron el castigo de, ya sea 3 o de 10 años, y que volvieron a estados Unidos de manera legal, no van a tener que meter un perdón, si es que ya transcurrieron esos 3 o 10 años, aunque sea dentro de Estados Unidos.
Antes le pedían un perdón a la persona porque estaba establecido que esos 3 o 10 años se tenían que pasar fuera de EU, y una persona no podía hacer el alegato de que ese tiempo ya había transcurrido dentro de EU, y por ese motivo les negaban la residencia, aún si la entrada a EU hubiese sido de manera legal, y aún si el que los estaba pidiendo era un hijo ciudadano americano.
Ahora viene el departamento de Inmigración a aceptar el argumento en el caso de Velázquez de Gómez, que efectivamente una persona sí puede pasar su castigo dentro de EU y viene a cambiar la manera en que se pueden hacer esas residencias.
Algunos casos han sido negados porque la gente no tenía manera de meter su perdón porque el que los estaba pidiendo era el hijo ciudadano americano.
A partir de este cambio y a partir de que les trajimos la noticia nos han hecho muchas preguntas como, por ejemplo, si esto aplica para todas las personas que han estado viviendo aquí ilegalmente, o para todas las personas que tienen hijos ciudadanos americanos.
Este cambio, como les digo, se da a partir de una demanda que interpuso Velasco de Gómez cuando le negaron su residencia, porque estaba sujeto al castigo, ya sea de 3 o de 10 años, no me acuerdo cuál era, y no tenía manera de pedir un perdón.
¿A quién benefician los cambios en los castigos de 3 y 10 años?
Si una persona entró ilegalmente a EU, no tiene manera de arreglar aquí adentro y va a salir a su cita al consulado y va a pedir un perdón, ya sea el perdón provisional o el perdón que se tiene que meter allá afuera. ¿Le beneficia este nuevo cambio en la ley de 3 o 10 años? No le beneficia.
Las personas que no tienen base para hacer su proceso de residencia aquí dentro de EU no se van a ver beneficiadas de este cambio, porque este cambio es para quienes son elegibles para la residencia a través de ajuste de estatus.
Y ajuste de estatus significa que van a hacer la residencia aquí dentro de Estados Unidos, así que tienen que tener una admisión legal o tienen que tener un advance parole militar para poder beneficiarse de este nuevo cambio en los castigos de 3 y 10 años.
Si tú entraste ilegalmente, no va a ser posible beneficiarse de este cambio, porque se requiere que tú ya seas elegible para el ajuste de estatus, y lo único que se interpone entre ti y tu ajuste de estatus es esa violación oese castigo de 3 o 10 años.
¿Me beneficia si tengo la Visa U?
Si tienes la Visa U probablemente vas a arreglar a través de la Visa U, del ajuste de estatus. Hace unas dos semanas hice un video en donde te daba los pros y los contras de poder proceder a la residencia, ya sea a través de la Visa U o a través de algún familiar utilizando la aprobación de la Visa U como admisión a Estados Unidos.
En ocasiones te puede beneficiar, si tienes la Visa U, y quieres un camino más corto a la residencia a través de un hijo ciudadano americano o un cónyuge ciudadano americano. Tienes que recordar que aunque la Visa U te conceda los perdones que tú necesitas, porque tienes pecadillos en el pasado, solamente solamente te los concede para cuando vas a arreglar la residencia bajo la Visa U y no te los perdona si es que estás tratando más adelante de arreglar a través de un familiar.
Así que si tú tenías la Visa U pero estabas sujeto a que salió y volvió a entrar y en esa salida tú activaste el castigo de tres o 10 años, y quiere utilizar la Visa U como admisión para poder hacerte residente más rápido a través de un hijo ciudadano americano a lo mejor esta ley podría ayudarle.
Sería una cuestión tal vez no tan clara para los oficiales de inmigración porque este caso de Velasco de Gómez habla solamente de una persona que fue admitida en la frontera o que fue admitida legalmente en Estados Unidos y no habla de cuando la gente es admitida o es considerada admitida legalmente a EU por el simple hecho de que le dieron la Visa U.
Así que en teoría se podría hacer, tal vez habría confusión, algunos casos podrán ser negados, algunos otros casos podrían ser aprobados, sería cuestión de que el abogado hiciera un argumento legal de que el caso de Velasco de Gómez también debe de aplicar para las personas que fueron admitidas a través de la Visa U y ahora quieren hacer la residencia a través de ajuste de estatus por medio de un hijo ciudadano americano para irse un poco más rápido.
¿Me beneficia si tengo mucho tiempo en Estados Unidos y buen récord?
En el caso de estas personas, no tienen manera de hacerse residente. No le beneficiaría este cambio en la ley de los castigos de tres y 10 años porque se necesita que la persona esté haciendo un proceso de residencia a través de ajuste de estatus.
Hemos dicho que el simple hecho de estar aquí en Estados Unidos y tener buen récord no es suficiente para arreglar la residencia permanente.
Los cambios en la ley de castigos de 3 y 10 años son algo bueno
Es un buen cambio el que se está dando a través de este caso de Velasco de Gómez, no es un cambio total, no es un cambio que le permitiría a todos los que están aquí sin documentos arreglar, pero sí te va a dar la oportunidad a un grupo de personas que estaba sujeta a estos castigos que tienen su entrada legal a EU de poder arreglar su residencia.
Yo creo que lo más importante de este cambio es que está abriendo la puerta para que vengan otras cortes o vengan otro tipo de demandas similares y se interprete la ley a favor de los inmigrantes.
Las cortes interpretan la ley según su postura contra o pro inmigrantes y si vamos a ver más decisiones en donde las cortes le dan la razón al inmigrante podemos empezar a ver cambios favorables en otras áreas que también vayan a ser igual de importantes aunque no haya una reforma migratoria, las leyes existentes se pueden interpretar de una manera que se les permita a cada vez más personas arreglar en EU.
A medida que estamos viendo estas interpretaciones favorables, me hace sentir con más fé de que más cambios favorables se pueden ver en el futuro y más y más personas van a poder beneficiarse aunque no se pongan de acuerdo para darnos una reforma migratoria.
Si tienes una situación migratoria complicada y quieres resolverla con alguien de confianza, con experiencia y paciencia, no dudes en agendar una cita con el equipo de la abogada Erika Jurado. ¡Nos enfocamos en todo tipo de casos migratorios y tenemos licencia para trabajar en todos los Estados Unidos!
No te pierdas nuestros videos y los artículos de nuestro blog para que siempre estés al día con lo último en noticias de inmigración.