Jurado-Graham

Murió mi peticionario ¿Puedo o no puedo obtener la residencia?

Visa-U-residente murió mi peticionario

¿Residencia si murió mi peticionario? Antes, si un ciudadano o residente permanente pedía a un familiar y luego fallecía, el caso se cancelaba automáticamente. Esto dejaba a muchas familias sin opciones, incluso después de haber esperado años en el proceso. Pero desde el 2009, con la introducción de la sección 204(l), esto cambió para proteger a los familiares que ya estaban en camino de obtener su residencia legal.

Se murió el peticionario, ¿aún puedo obtener la residencia? ¿Qué pasa cuando se muere la persona que lo pidió? Hay veces que la espera es tan larga que, lamentablemente, muere la persona que nos pide y tanto tiempo esperando se pierde ¿Será que se va a la basura esa petición? Ahora no, veamos.

Esto es algo muy importante y esperanzador para muchas familias inmigrantes, sobre todo para gente que tiene mucho tiempo esperando esa petición y que es su última esperanza. ¿Qué pasa cuando se muere esa persona que lo pidió? ¿Se pierde la petición? ¿Será que todavía se puede obtener la residencia? La respuesta es sí; en muchos casos sí se puede. 

Vamos a hablar del alivio bajo la sección 204(l) de la Ley de Inmigración y de la reactivación humanitaria.

Murió mi peticionario: ¿Qué es el alivio para familiares sobrevivientes bajo la sección 204(l)? 

Si usted tiene una petición familiar aprobada, pero el peticionario fallece, puede calificar para mantener la petición viva bajo la sección 204(l) de la ley de inmigración. ¿Quiénes califican? Van a calificar el beneficiario principal y los derivados dentro de la petición. 

¿Qué va a necesitar? El beneficiario principal o derivado debe haber estado viviendo dentro de Estados Unidos cuando murió el peticionario, debe seguir viviendo en Estados Unidos y contar con un familiar cercano que sea residente o ciudadano para que sea el patrocinador sustituto. Luego, debe solicitarle al departamento de inmigración discreción bajo la sección 204(l).

Por ejemplo, si su mamá era residente o ciudadana y lo pidió, y ella fallece, pero usted vivía en Estados Unidos en ese momento y aún sigue viviendo en el país, puede pedirle a inmigración que su caso siga, que no caiga esa petición junto con el fallecimiento de su mamá. En este caso, aunque murió mi peticionario, todavía tengo esperanza de arreglar.

Murió mi peticionario: qué es la reactivación humanitaria

Ahora bien, ¿qué pasa si usted no vivía en Estados Unidos cuando falleció el peticionario? Se puede utilizar otra provisión de la ley que se llama la reactivación humanitaria. Esta va a aplicar si su petición I-130 fue aprobada antes de que falleciera el peticionario. 

En este caso, también, aunque murió mi peticionario, puedo buscar que se reactive la petición por motivos humanitarios.

Cuidado, para la reactivación humanitaria tiene que haber una petición ya aprobada al momento en que fallece el familiar. Además, el beneficiario debe tener un patrocinador sustituto que sea residente o ciudadano y un pariente cercano. No todos los casos califican. Este remedio es discrecional, lo que significa que USCIS tiene la última palabra.

Lee también: DACA: no mientas en tu solicitud, puede llevarte a la deportación

¿Qué pasa con la ley 245(i)? Esta ley le va a permitir ajustar su estatus dentro de Estados Unidos, aunque haya entrado sin permiso o haya trabajado sin autorización, siempre y cuando tenga una petición presentada a su nombre antes del 30 de abril del 2001. 

Si fue antes del 15 de enero de 1998, no necesita demostrar presencia física en diciembre del 2000. Si califica bajo la 245(i), puede pagar una multa de $ 1,000 y arreglar dentro del país sin necesidad de salir o pedir perdones.

contratar un abogado inmigración murió mi peticionario

Pero si no califica bajo la 245(i), debe obtener un perdón por presencia ilegal si entró sin permiso. Aquí también aplica algo muy importante: si su peticionario fallecido era su papá o su mamá, usted podría pedir un perdón usando a su padre o madre fallecido como familiar calificado, aunque ya no estén vivos. Otra vez: aunque murió mi peticionario, tengo una opción real de seguir adelante.

Esto se vuelve clave cuando el peticionario fallecido era su padre o su madre. Puede utilizar al fallecido como familiar calificado para propósitos del perdón, como si todavía estuviera vivo. Si no califica para arreglar dentro del país, se puede hacer un proceso consular, pero si califica, solo estaría fuera unas dos semanas. Y si también califica bajo la 204(l) y la 245(i), ni siquiera tendría que salir del país. Así que, aunque murió mi peticionario, sigo teniendo alternativas.

Murió mi peticionario: busque abogados de inmigración calificados

Muchas personas, inclusive muchos abogados que no conocen esta ley, le dicen al cliente: “No, pues ya mejor búsquele por otro lado porque ya se murió el que te pidió, ya se murió la petición”. No siempre es así. En realidad, en la mayoría de los trámites no es así. Hay varias opciones bajo la ley para seguir adelante. Por eso es tan importante conocer estas alternativas. 

Si usted está pasando por esto o conoce a alguien en esta situación, comuníquese con un abogado de inmigración que lo ayude a analizar su caso. Aunque murió su peticionario, no significa que todo está perdido.

Lee también: Nueva Ley amenaza beneficios, trabajo y protección para inmigrantes: no dejes de informarte

La sección 204(l) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad es una herramienta poderosísima. Permite que ciertos familiares de ciudadanos o residentes continúen con su proceso migratorio, incluso después de que el peticionario fallezca. Viudas, hijos, padres, hermanos, incluso los derivados, pueden seguir adelante si cumplen los requisitos.

Murió mi peticionario: requisitos 

  • Vivir en EE.UU. cuando murió mi peticionario
  • Seguir residiendo en el país
  • Tener una petición I-130 válida
  • Si murió mi peticionario, contar con un patrocinador sustituto que firme el Formulario I-864

Si se cumplen estas condiciones, el beneficiario debe enviar una solicitud a USCIS explicando la situación y adjuntar documentos como el acta de defunción, evidencia de residencia en Estados Unidos, la petición original y el nuevo I-864.

Pero si el beneficiario estaba fuera del país cuando murió mi peticionario, entonces no aplica la 204(l), sino la reactivación humanitaria.

Otra vez, aunque murió mi peticionario, hay una alternativa legal para continuar. 

murió mi peticionario

Lo mejor es buscar un abogado de inmigración calificado y honesto que lo asesore.

Resumiendo, la frase “murió mi peticionario” no debe ser una sentencia de cancelación. Al contrario, puede ser el inicio de una nueva etapa legal si se entiende bien la ley y se actúa rápido. 

Lee también: ICE: este condado de Virginia ya no ayudará con las redadas y detenciones

La sección 204(l) y la reactivación humanitaria están ahí para ayudar a quienes han esperado por años, solo para enfrentarse a la tragedia de perder al ser querido que inició su proceso. Aunque murió mi peticionario, todavía hay caminos.

Si usted está en esta situación, no se rinda. Consulte con abogados de inmigración que conozcan esta ley. Porque a pesar de que murió mi peticionario, el sueño de obtener la residencia aún puede estar vivo.

Abogados de inmigración

Si tienes una situación migratoria complicada y quieres resolverla con alguien de confianza, con experiencia y paciencia, no dudes en agendar una cita con el equipo de abogados de inmigración de Erika Jurado.

¡Nos enfocamos en todo tipo de casos migratorios, incluidos los relacionados con todas las dudas que tengas respecto de la ciudadanía, el asilo, deportaciones, detenciones en redadas, el parole in place, la visa U, la visa T, la visa VAWA, el DACA y la visa de prometido

Conoce más sobre el despacho y la trayectoria de Erika Jurado Graham como abogada de inmigración en este enlace.

Aquí, toda la información sobre nuestros servicios y aquí, nuestra página dedicada a la comunidad LGTBQ. 

Todos los videos de Erika Jurado Graham, en este enlace

¡Tenemos licencia para trabajar en todos los Estados Unidos! No te pierdas nuestros videos y los artículos de nuestro blog para que siempre estés al día con lo último en noticias de inmigración y cada una de las novedades que se producen respecto del tema.

murió mi peticionario

Casos complejos, atención profesional y en todas las ciudades

La abogada de inmigración Erika Jurado-Graham trabaja con el mayor profesionalismo. Sus 15 años de experiencia en la ley de inmigración y su historial de casos complejos ganados la respaldan. 

Recuerda que la abogada Erika Jurado atiende casos de Visa U, Visa Vawa, Visa T y otros desde cualquier parte de Estados Unidos, no es necesario estar en la misma ciudad.

Abogados de violencia doméstica en español y en inglés con amplia experiencia. No importa dónde te encuentres, atendemos a distancia, lo que permite tener clientes en Estados Unidos, México y en toda Latinoamérica.

Con el uso de la tecnología ya no existen distancias y contratar el abogado de la esquina que tal vez no cuente con la experiencia que buscas, es cosa del pasado. 

Nuestro despacho de abogados de violencia doméstica y temas de visa Vawa está capacitado y calificado para hacer tu trámite totalmente conveniente para ti, sin necesidad de salir de tu hogar. De esta forma, ahorramos tiempo y costos para ti y tu familia.