Las reglas para que menores abandonados o maltratados por sus padres puedan solicitar la residencia permanente han sido actualizadas por las autoridades de inmigración norteamericanas.
Con los cambios, los menores serán considerados para la acción diferida y la autorización de empleo
Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) anunciaron recientemente que los no ciudadanos que tengan un Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo o Inmigrante Especial, aprobado para la clasificación de Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ) pero no pueden solicitar el ajuste de estatus para convertirse en residentes permanentes legales (LPR) porque no hay un número de visa disponible, ya son considerados para la acción diferida y la autorización de empleo relacionada a esta.
Ello se logró gracias a la actualización del Manual de Políticas de USCIS, lo que precisamente permite considerar la acción diferida y la autorización de empleo relacionada a estos grupos.
“La acción diferida es un acto de discreción procesal que aplaza los procedimientos para remover a un no ciudadano de Estados Unidos por un cierto período. La acción diferida no proporciona un estatus legal”, apuntó USCIS en su página web.
“Este proceso promueve la intención del Congreso de proporcionar protección humanitaria para los menores no ciudadanos abusados, descuidados o abandonados para quienes un tribunal de menores ha determinado que es de su mejor interés permanecer en Estados Unidos”, expone también USCIS.
Aquí te decimos los 10 puntos que explican esta actualización del Manual de Políticas de USCIS en favor de los menores:
- 1.- La clasificación SIJ está disponible para los menores no ciudadanos sujetos a procedimientos del tribunal estatal de menores relacionados con abuso, descuido, abandono, o una base similar bajo la ley estatal.
- 2.- La clasificación SIJ no confiere estatus legal y no resulta en la elegibilidad para solicitar autorización de empleo.
- 3.- La acción diferida y la autorización de empleo relacionada ayudarán a proteger a los no ciudadanos con clasificación SIJ que no pueden solicitar el ajuste de estatus únicamente porque están esperando que un número de visa esté disponible.
- 4.- USCIS considerará la acción diferida caso por caso y la otorgará si el SIJ justifica un ejercicio favorable de discreción.
- 5.- USCIS llevará a cabo automáticamente determinaciones de acción diferida para las personas con clasificación SIJ que no pueden solicitar el estatus de LPR porque no hay un número de visa disponible.
- 6.- USCIS no requiere ni aceptará una solicitud separada de acción diferida.
- 7.- Los SIJ que se han mudado desde que se aprobó su Formulario I-360 deben actualizar su dirección con USCIS lo antes posible para asegurarse de que reciban correspondencia relacionada con la acción diferida.
- 8.- Si USCIS otorga la acción diferida, será por un período de cuatro años.
- 9.- Un SIJ a quien se le ha otorgado acción diferida podrá solicitar autorización de empleo para su período de acción diferida mediante el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, e indicando la categoría de elegibilidad (c)(14).
- 10.- Esta actualización contenida en el Volumen 6 del Manual de Políticas, entra en vigencia el 6 de mayo de 2022 y se aplica a los no ciudadanos elegibles clasificados como SIJ antes, en o después del 6 de mayo, según un Formulario I-360 aprobado.
Según USCIS con estas nuevas reglas los menores podrán “reconstruir sus vidas”
La directora de USCIS, Ur Jaddou, afirmó que “tomamos medidas para ayudar a los niños inmigrantes en Estados Unidos que han sido abusados o abandonados, y para ofrecerles la protección que les ayude a reconstruir sus vida”, de acuerdo con información de la agencia EFE.
Y agregó que “estas políticas proporcionarán una ayuda humanitaria a los jóvenes vulnerables para quienes un tribunal juvenil haya determinado que es mejor para sus intereses que permanezcan en Estados Unidos”.
Menores tendrán cuidados en albergue y estarán protegidos con un número de Seguridad Social
Se estableció que será en un plazo de 72 horas cuando los inmigrantes menores de edad que llegan a la frontera de EU sin compañía de adultos responsables y que han sido detenidos por la Oficina de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP) cuando, a más tardar, deben ser transferidos para ponerlos a resguardo de la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR).
Una vez que los menores se encuentran en la ORR, oficina que depende del Departamento de Salud, se les brindarán los cuidados necesarios hasta que se localicen dentro de la Unión Americana a familiares u otros adultos que se hagan responsables.
Debido al aumento en el número de menores que llegan a EU desde Centroamérica este grupo de inmigrantes tienen actualmente esperas de hasta tres años para lograr obtener sus documentos de residencia legal permanente, según Luis Garza Zertuche, de la Alianza Nacional para Nuevos Americanos, entrevistado por Forbes México en días pasados.
De esta forma, agregó Garza para Forbes, los jóvenes inmigrantes se verían beneficiados al obtener más rápido su residencia, lo que a su vez repercutiría en que obtendrían también un número de Seguro Social y podrían trabajar sin riesgo de una deportación.
Si tienes una situación migratoria complicada y quieres resolverla con alguien de confianza, con experiencia y paciencia, no dudes en agendar una cita con el equipo de la abogada Erika Jurado. ¡Nos enfocamos en todo tipo de casos migratorios y tenemos licencia para trabajar en todos los Estados Unidos!
No te pierdas nuestros videos y los artículos de nuestro blog para que siempre estés al día con lo último en noticias de inmigración.