245i
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Erika Jurado-Graham

245i: ¿Quién puede arreglar conmigo?

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¿Qué es la 245i? Muchos de ustedes todavía no saben. La mayoría de inmigrantes aquí en Estados Unidos, según las estadísticas, tienen más de una década.  El 70 por ciento de los inmigrantes en Estados Unidos tienen ya más de una década.

Yo me atrevería a decir que más de dos décadas. La mayoría de los inmigrantes tienen ya mucho tiempo en Estados Unidos. Hayan podido arreglar o no hayan podido arreglar es gente que ya tiene bastante tiempo y que muchas veces tienen familiares que les han metido aplicaciones.

O que tienen hijos ciudadanos americanos ya nacidos aquí, muchos de ellos ya llegando a los 21 años, pero muchos tienen hermanos ciudadanos americanos que hace mucho tiempo les metieron la petición, o tienen padres residentes o ciudadanos que hace mucho les metieron la petición.

¿Qué es la 245i?

Y las personas que están ahí esperando para que se les acerque el tiempo, muchos conocen lo qué es la 245i. Que es una ley que terminó en abril 30 de 2001, que perdonaba la entrada ilegal, que muchas veces era el único impedimento para que una persona pudiera arreglar papeles aquí dentro de Estados Unidos, porque la reforma migratoria de 1996 cambió la ley y puso barreras para quien entrara ilegalmente de no poder arreglar dentro de EU y no poder hacer el proceso dentro.

¿Qué beneficios puede darte la 245i?

Luego vino la 245i y cambió esto. Desafortunadamente terminó el 30 de abril de 2001, pero dejó muchos beneficios. La 245i le permite a las personas que están pedidas con una petición de antes de abril 30 de 2001 arreglar dentro de EU en muchas situaciones. 

Si a ti te pidieron antes del 1 de enero de 1998, tú estás protegido bajo la 245i. No solamente está protegido con esa petición que a lo mejor algún día le va a llegar la fecha de que arregle o a la mejor ya está cerquita, pero está apadrinado de la 245i.

Así que si tienes otro familiar que le puede meter la aplicación y que el caso puede andar más rápido, usted se protege de esa petición antes de enero de 1998 para no tener que salir del país.

Un ejemplo. Las peticiones combinadas en donde la persona tiene esa petición de la 245i, digamos un papá ciudadano lo pidió, o un hermano ciudadano lo pidió, pero se están tardando mucho en la petición. Y tú dices pues ya me cansé de tanto esperar, pero también tiene un hijo que ya está cumpliendo los 21 años, y no tienes ninguna violación migratoria.

¿Qué requisitos hay para que tú apliques a la 245i?

Entonces su hijo lo puede pedir, y puede utilizar esa protección que tenía de la 245i para agarrarse de ahí, arreglar a través de su hijo y no tener que salir del país. Esa es una manera de hacerlo. Si tu petición te la metieron entre el primero de enero de 1998 y el 30 de abril de 2001, tú tienes que demostrar que estabas físicamente en los Estados Unidos en diciembre 21 del 2000 y que ya no salió.

La 245i no es mágica, no perdona otros castigos como el castigo permanente o la declaración falsa de ciudadanía americana, no es mágica, solamente perdona la entrada ilegal para que la persona pueda arreglar aquí adentro. 

¿Quien más puede arreglar con la persona que está protegida bajo la 245i?

Por lo regular la persona que puede arreglar es la familia. Si tu hermano te pidió, tú puedes arreglar también junto con tu cónyuge y puede arreglar con sus hijos menores de 21 años, el problema muchas veces es que las peticiones por parte de los hermanos o por parte de los papás, cuando la persona ya pasa los 21 años, son peticiones que duran más de 23 años.

Para el momento en que le toca arreglar a la persona ya los hijos se pasan por mucho de 21 años y ya se salen de las peticiones o a lo mejor se divorcia la persona y ya la esposa no arregla junto con el cónyuge.

Pero cuando la relación ya existe entre la esposa y los hijos al momento en que pidieron a  la persona bajo la 245i, esos familiares también están protegidos de manera independiente bajo la 245i.

Y si ellos quieren arreglar por su cuenta más adelante, porque hubo un divorcio o porque ya los los hijos se salieron de la edad, pero estuvieron protegidos por un tiempo siendo menores de edad, por la 245i, esos familiares también pueden más adelante utilizar esa protección que les da la 245i para ir a ajustar su estatus de manera independiente a través de otro familiar.

245i
La 245i le permite a las personas que están pedidas con una petición de antes de abril 30 de 2001 arreglar dentro de Estados Unidos en muchas situaciones.

¿Qué pasa si te pidieron bajo la 245i y no estaba casado, y se casó después?

Si te casaste después de que te metieron la petición, en este caso, tu esposa va a poder arreglar contigo bajo la 245i, bajo esa petición original. O sea que tiene que esperarse para arreglar con la misma petición que le dio protección bajo la 245i, porque la esposa no disfruta de una protección independiente, así que no va a poder llevarse la protección de la 245i para divorciarse de ti e irse a casar con alguien más y arreglar aquí adentro.

Así que podría arreglar junto con usted y beneficiarse de la misma manera que usted se podría beneficiar siempre y cuando arregle junto contigo. 

Pero si se casaron después de abril 30 del 2001, y siguen casados, tu esposa va a poder arreglar junto contigo. Si se divorcia más adelante y se casaron después de abril 30 de 2001 la esposa no se va a proteger de manera independiente de la 245i.

Muchos familiares se pueden beneficiar de la 245i

Si tú estás protegido por la 245i y también la esposa está protegida, independientemente ella puede ajustar, puede arreglar de alguna u otra manera y seguir utilizando la 245i, pero si se casaron después de que tú ya te hiciste residente bajo la 245i, la esposa no va a poder obtener la protección de la 245i.

Imagínate que te pidió tu papá ciudadano americano y que se tardó mucho la petición y dijiste ya no me quiero esperar porque ya tengo un hijo que es ciudadano y que está cumpliendo los 21 años, mejor voy a arreglar a través de una petición combinada donde uso la 245i para no tener que salir, pero me pide mi hijo.

Pero tiene otro hijo que también estaba derivado, el que se trajo de México o de su país, que no tiene papeles todavía y ese hijo estaba como derivado de la petición, porque era su hijo cuando lo pidió su papá y ya se pasó de los 21 años, pero tenía la protección de la 245i y cómo usted decidió arreglar por medio de otro hijo, ya nadie va a arreglar bajo la petición que le metió su papá ciudadano. 

Sin embargo su hijo, el que no tiene papeles, sigue protegido de la 245i así que si le sale la oportunidad de arreglar por otro medio, él puede arreglar con esa petición. O digamos que va a arreglar a través de una petición laboral, no nada más se protegería de la 245i, sino también la esposa de su hijo se podría proteger de la 245i siempre que arreglara al mismo tiempo que el hijo.

La 245i tiene protecciones que pueden llegar hasta los derivados

Es una serie de protecciones, haga de cuenta que se va hasta abajo y llega hasta los derivados, y llega hasta los cónyuges de los derivados, muchas veces, esta protección de la 245i.

La moraleja de la historia es que si alguien te pidió o a tus papás. Porque a lo mejor la petición fue para tus papás. Antes de abril 30 de 2001. Antes de decir bueno, vamos a hacer un proceso en donde tengo que salir al consulado, hay que hacer el análisis, porque esa protección de la 245i, muchas veces baja y alcanza un gran número de familiares.

Tú podrías pensar que no estás protegido de tener que salir y a lo mejor sí lo está. Si quiere arreglar por medio de algún familiar antes de tomar la decisión de iniciar un proceso en donde salga al consulado, pregúntate si a ti o a tus papás, en algún momento los pidieron antes de abril 30 del 2001.

Un abogado de inmigración puede hacerle el análisis para la 245i

Y de ser así, hay que empezar a hacer el análisis, y eso se lo puede hacer un abogado de inmigración. Hacer el análisis para ver qué tanta gente está protegida bajo la sombra de la 245i y a lo mejor te das cuenta de que que puedes arreglar dentro de EU sin tener que salir.

Acuérdate, si tus papás o tú alguna vez fueron pedidos antes de abril 30 de 2001 a lo mejor podría estar protegido por la 245i y ni cuenta se había dado. 

Imagínense cuántos inmigrantes podrían arreglar a través de la 245i, ojalá regresaran la 245i, que nos den eso y a lo mejor también el perdón de castigos y con eso nos conformamos.

Si tienes una situación migratoria complicada y quieres resolverla con alguien de confianza, con experiencia y paciencia, no dudes en agendar una cita con el equipo de la abogada Erika Jurado. ¡Nos enfocamos en todo tipo de casos migratorios y tenemos licencia para trabajar en todos los Estados Unidos!

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