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Erika Jurado-Graham

Ciudadanía: ¡Muy buenas noticias para mayores de 50 años!

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Hay muchas personas que todavía no son ciudadanos y están pensando en hacer la ciudadanía, pero están dudando. ¿Por qué? Porque le tienen “miedo” al inglés. “No sé lo suficiente como para hacer la entrevista para la ciudadanía, estudiar inglés ahora, no sé”, dicen.

Pues bien, hay buenas noticias para todas estas personas si son mayores de 50 años y cumplen algunos pocos requisitos más.

Así es, existe la posibilidad de completar el proceso de naturalización íntegramente en español. Es una realidad que muchos no conocen y que puede beneficiar a un grupo muy amplio de personas que, por diversas razones, tienen dificultades con el inglés.

Todos los detalles, en este video.

¿Ciudadanía sin saber inglés?

No se trata sólo de una opción para acceder a la ciudadanía americana para las personas “mayores”, sino que también está disponible para aquellos que cumplen con ciertos requisitos por las autoridades migratorias que no son tan complicados.

Por ejemplo, incluye a aquellos que cuentan con una residencia permanente de al menos 20 años y tienen 50 años o más, o 15 años de residencia para aquellos de 55 años en adelante.

La ventaja más importante es que el examen y la entrevista de ciudadanía se llevarían a cabo completamente en español. 

Esto elimina una barrera importante para muchos inmigrantes y les brinda la oportunidad de demostrar su conocimiento y compromiso con el país en su idioma nativo.

Para aquellos que requieren asistencia con el idioma durante el proceso, hay que tener en cuenta que algunas oficinas de USCIS sólo aceptan traductores certificados. 

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Es decir, no puede ser un familiar o un amigo. Consulte a un abogado de inmigración para saber qué oficinas tienen este requisito.

Un abogado puede brindar la orientación necesaria para asegurar que se cumplan todos los requisitos y procedimientos correctamente, incluso ayudando a encontrar un traductor certificado si es necesario.

Requisitos para la ciudadanía: Ley de Inmigración

La ley de inmigración establece una serie de requisitos que deben cumplirse para obtener la ciudadanía. 

Esto incluye tener al menos 5 años como residente permanente, o 3 años si se obtuvo la residencia a través de un cónyuge ciudadano y aún se está casado con dicho ciudadano. 

Además, se requiere tener buena conducta moral durante el período de elegibilidad y una presencia física en Estados Unidos de al menos la mitad del tiempo de elegibilidad.

Es importante tener cuidado con el abandono de residencia, ya que períodos prolongados fuera de Estados Unidos pueden poner en riesgo el estatus de residente permanente. 

Además, la persona no debe estar sujeta a impedimentos para la naturalización y debe pasar un examen que evalúa el conocimiento de inglés, civismo e historia del país.

Sin embargo, este último paso, el inglés, puede obviarse en los casos que comentamos antes: 

  1. Aquellos que tienen 50 años o más y han vivido en Estados Unidos durante al menos 20 años. 
  2. Aquellos que tienen 55 años o más y han residido en el país durante al menos 15 años.
  3. Quienes tienen 65 años o más y han vivido en el país durante 20 años pueden acceder a una versión simplificada del examen de ciudadanía, con 20 preguntas en lugar de 120.

Ciudadanía para inmigrantes con alguna discapacidad

Ah, un detalle importante, aquellos inmigrantes que tienen alguna discapacidad que les dificulta estudiar para el examen o aprender inglés pueden estar exentos de tener que tomar ese examen. 

Esta disposición busca garantizar que el proceso de acceso a la ciudadanía sea accesible para todas las personas, independientemente de sus capacidades individuales.

En un momento en que las elecciones se acercan y el futuro de los inmigrantes en Estados Unidos está en juego, es fundamental que todos aquellos que son elegibles para obtener la ciudadanía consideren este paso importante. 

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El derecho al voto es una herramienta poderosa que puede influir en las políticas y decisiones que afectan a la comunidad inmigrante en Estados Unidos.

Abogados de inmigración

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