Los 10 puntos más importantes de quién es elegible para un ajuste de estatus y formulario i-485
El ajuste de estatus es el proceso para cambiar de un estatus migratorio de no inmigrante (por ejemplo, estudiante, turista, etc.) a una residencia permanente (titular de la tarjeta verde). La ley de inmigración de los Estados Unidos permite que un visitante temporal cambie su estatus a residente permanente si la persona ingresó legalmente a los Estados Unidos y cumple con ciertos requisitos.
Sin embargo, errores menores en su solicitud de ajuste de estatus o problemas con la documentación pueden causar costosos retrasos y rechazos. Es por eso que siempre le recomendamos ponerse en contacto con un abogado de inmigración que sepa cómo llevar adelante el caso.
10 puntos a tener en cuenta a la hora de solicitar un ajuste de estatus
1- ¿Cómo comienza el ajuste de estatus?
El ajuste de estatus comienza con la presentación del Formulario I-485, Solicitud de registro de residencia permanente o Ajuste de Estatus. Sin embargo, también se pueden requerir formularios adicionales. Generalmente, el inmigrante potencial debe estar físicamente presente en los Estados Unidos a través de una entrada legal y una visa de inmigrante debe estar disponible inmediatamente.
El proceso de ajuste de estatus puede comenzar solo cuando una visa de inmigrante está disponible de inmediato. Siempre hay una visa disponible para los familiares inmediatos (cónyuge, padre o hijo soltero menor de 21 años de un ciudadano estadounidense). En consecuencia, los familiares inmediatos a menudo presentan el Formulario I-485 junto con la petición I-130.
2- ¿Cuánto tiempo tarda en completarse el ajuste de estatus?
El tiempo que lleva completar el proceso de ajuste de estatus es generalmente más largo que el proceso consular. Sin embargo, siempre hay excepciones. Puede anticipar que ajustar el estado a residente permanente tomará entre 8 y 14 meses para las solicitudes de tarjeta de residencia basadas en la familia. Para ver lo que sucede después de presentar su solicitud de ajuste, revise el tiempo de procesamiento del Formulario I-485.
3- ¿Puedo solicitar ajuste de estatus y ajuste consular al mismo tiempo?
Los solicitantes de la tarjeta verde no pueden presentar la solicitud mediante el procesamiento consular y el ajuste de estatus al mismo tiempo. Debes elegir solo uno u otro.
Recuerde, solo los solicitantes que estén físicamente presentes en los Estados Unidos a través de una entrada legal pueden solicitar una tarjeta verde mediante el ajuste de estado. Como resultado, los solicitantes fuera de los Estados Unidos deben utilizar el procesamiento consular.
4- ¿Puedo trabajar en los EE. UU. con una solicitud I-485 pendiente?
Puede solicitar una autorización de empleo mientras sea un solicitante de ajuste de estatus. Como solicitante con un Formulario I-485 pendiente, usted es elegible para presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. De hecho, puede presentar el Formulario I-765 junto con su solicitud I-485.
Sin embargo, recuerde que trabajar en los Estados Unidos sin autorización de empleo puede hacer que un solicitante no sea elegible para una tarjeta verde.
5- ¿Puedo viajar al extranjero con una solicitud I-485 pendiente?
Como solicitante de ajuste de estatus, puede solicitar un documento de permiso anticipado. Debe obtener este documento de viaje antes de partir. En consecuencia, un solicitante de ajuste que sale de los EE. UU. sin permiso anticipado se considera automáticamente que ha abandonado la solicitud y es posible que no pueda volver a ingresar a los EE. UU.
Para viajar fuera de los Estados Unidos durante el proceso de ajuste de estatus, el solicitante I-485 debe solicitar permiso anticipado presentando el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje. Al igual que la autorización de empleo, puede presentar el Formulario I-131 en conjunto como parte del paquete I-485.
6- ¿Puedo viajar antes de que se apruebe mi Formulario I-485?
Si ha presentado el Formulario I-485 y esa solicitud aún está pendiente, existen reglas muy específicas que se aplican a su viaje fuera de los Estados Unidos. No hay restricciones en los viajes nacionales antes de que se apruebe el Formulario I-485. Sin embargo, viajar al extranjero puede afectar su solicitud pendiente y su estado migratorio por lo que recomendamos consultar con profesionales que conozcan la temática.
7- ¿Puedo venir a los EE. UU. con el propósito de ajustar el estatus?
Muchos ciudadanos extranjeros con familiares inmediatos en los Estados Unidos asumen que pueden visitar el país con una visa de no inmigrante y luego presentar el Formulario I-485 a su llegada. Ese simplemente no es el caso de la mayoría de los visitantes no inmigrantes. Este acto potencialmente viola los términos de la visa y podría crear problemas de inmigración a largo plazo. Hay solo unos pocos tipos de visa de no inmigrante que se adaptan a una intención preconcebida de realizar ajuste de estatus a residente permanente.
8- ¿Puedo presentar el Formulario I-485 con un pasaporte vencido?
Sí, puede presentar una solicitud de ajuste de estatus con un pasaporte vencido. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) no requiere que lo renueve antes de presentar la solicitud. Sin embargo, existen algunas buenas razones para renovar su pasaporte cuando solicite su tarjeta de residencia. ¡Averigüe con un profesional!
9- ¿Qué pasa si no tengo pruebas de mi entrada legal?
Si no puede proporcionar evidencia de que ingresó legalmente a los Estados Unidos, USCIS presumirá que no tuvo una entrada legal. Para la mayoría de las aplicaciones, esto resultará en una negación y potencialmente puede ponerlo en un proceso de deportación. Sin embargo, hay pruebas indirectas que lo pueden ayudar a solucionar esta situación:
Por ejemplo, podría enviar cualquier otro documento que respalde su afirmación de que ingresó a los Estados Unidos a través de medios legales. Una situación común involucra a un solicitante que ingresó como un niño pequeño con sus padres. Un sello I-94 en el pasaporte de los padres puede ayudar a respaldar el reclamo de una entrada legal.
También puede valerse de una declaración jurada. Para ello, deberá enviar una declaración escrita en la que se explique la entrada, si un funcionario de inmigración estuvo presente en su entrada y cualquier otro detalle importante. Se pueden proporcionar declaraciones juradas adicionales a otras personas con conocimiento de su entrada.
10- Número A: ¿Qué es y dónde lo encuentro?
También conocido como Número A, su Número de Registro de Extranjero es un número de siete a nueve dígitos que se puede encontrar en una variedad de documentos de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). USCIS usa el número de registro de extranjeros para rastrear los archivos de inmigración de inmigrantes (y algunos no inmigrantes). También es un dato fundamental al preparar nuevos formularios de USCIS para solicitar beneficios de inmigración. Si su Número A tiene menos de nueve dígitos, inserte un cero después de la “A” y antes del primer dígito para crear un número de nueve dígitos. Por ejemplo, “12345678” se convertiría en “A012345678”.
Si desea realizar un ajuste de estatus, no dude en ponerse en contacto con nuestro equipo de abogados. Lo ayudaremos a eliminar los errores comunes que generan retrasos y rechazos. También lo guiaremos para que responda correctamente las preguntas e impulsaremos su caso para que tenga muchas más posibilidades de resolverse positivamente. ¡Estamos a su disposición!