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Tarjeta verde: USCIS podría permitir a ciertos trabajadores inmigrantes obtenerla

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Una regla para permitir a ciertos trabajadores inmigrantes con permisos temporales aplicar por una tarjeta verde o green card, es la que prepara actualmente la oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS).

Tarjeta verde: podría permitir USCIS a ciertos trabajadores inmigrantes obtenerla

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) plantea lo anterior como parte de su plan para “modernizar y reformar” las visas H-2A y H-2B, las cuales se usan para trabajadores agrícolas y de servicios.

De acuerdo con un reporte de Fox News esta nueva norma para conseguir que los trabajadores inmigrantes ya mencionados accedan a una tarjeta verde, echaría mano de políticas para abordar la “explotación y el abuso”, proteger a los empleados y aumentar la eficiencia del programa. 

Aunque dichos planteamientos siguen “cocinándose”, la nueva regla tendría que pasar por el proceso administrativo correspondiente, es decir, recibir comentarios públicos en el Registro Federal.

Hoy por hoy, las visas H-2A y H-2B, tienen establecido que los trabajadores deben regresar a su país luego de completar su período de trabajo marcado en el permiso correspondiente.

Busca USCIS resolver abusos laborales y cobros indebidos

Uno de los objetivos de USCIS al plantear esta nueva regla, es resolver el problema de abusos laborales y los cobros indebidos por el trámite de una tarjeta verde o green card. 

La información de la oficina de Inmigración indica que “la regla también fortalecería las prohibiciones de que sus empleados cobren tarifas de inmigración a los trabajadores H-2 a través de reducciones salariales, e introduciría factores por los cuales una petición podría ser denegada en base a medidas disciplinarias tomadas contra un empleador por una agencia gubernamental como USCIS o el Departamento de Trabajo”.

Las autoridades migratorias inclusive permitirían a esos beneficiarios seguir trabajando, una vez que hayan realizado la petición de la tarjeta verde.

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Aumenta USCIS la elegibilidad para solicitar permisos de trabajo

Otra información reciente dada a conocer por USCIS es que aumentó la posibilidad de solicitar Documento de Autorización de Empleo (EAD) a un grupo de inmigrantes: los extranjeros que soliciten permiso para trabajar bajo la categoría (c)(8). 

La finalidad de esta ampliación, según lo que ha dado a conocer USCIS, es reducir los retrasos en las tramitaciones y los tiempos de procesamiento. De esta forma, los solicitantes de asilo pueden completar en línea el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, si cumplen los siguientes cuatro requisitos:

  • 1.- Si has tramitado, en el plazo requerido, tu solicitud de asilo en el caso de la categoría (c)(8). Las peticiones de asilo y de empleo no se pueden enviar al mismo tiempo.
  • 2.- El plazo necesario son 150 días a contar desde el momento en que USCIS recibe el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y Suspensión de Deportación, y luego de ello se emite un aviso de recibo.
  • 3.- Si se cumplen las instrucciones del Formulario I-765,las cuales dan información completa acerca de la solicitud de autorización de trabajo.
  • 4.- Si se ha creado una cuenta gratuita en línea a través del sitio de USCIS para enviar el Formulario I-765. Esa misma cuenta sirve para contactar a USCIS a fin de obtener más información sobre el avance de tu solicitud.

Son siete los grupos elegibles

Cabe señalar que este es el séptimo grupo al que se le da elegibilidad e incluye a los solicitantes de asilo pendiente y retención de remoción, y también a los peticionarios de asilo pendiente en virtud del Acuerdo de Conciliación ABC, en especial guatemaltecos y salvadoreños.

Es decir, la presentación en línea del Formulario I-765, ahora también incluye a los solicitantes de asilo. Si el formulario se envía en línea y la solicitud no se presenta en una categoría elegible, USCIS puede denegarla y retener la tarifa correspondiente que se haya pagado para la petición.

Aquí te decimos cuáles son las categorías de autorización de empleo que pueden presentarse en línea:

  • 1.- Categoría (a)(12), Estatus de Protección Temporal otorgado.
  • 2.- Categoría (c)(3)(A), personas con visa F1 Entrenamiento Práctico Opcional previo a la finalización de estudios.
  • 3.- Categoría (c)(3)(B), personas con visa F1 Capacitación Práctica Opcional posterior a la finalización de estudios.
  • 4.- Categoría (c)(3)(C), Extensión de 24 meses de OPT para estudiantes con visa F1 para Ciencias, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas (STEM).
  • 5.- Categoría (c)(8), Asilo Pendiente por un mínimo de 150 días.
  • 6.- Categoría (c)(11), Estatus de Protección Temporal Recibido por Razones Humanitarias Urgentes o Interés Público Significativo.
  • 7.- Titular de categoría (c)(13), Estatus de No Inmigrante T (visa T).

Veremos en los próximos meses si la regla para permitir que trabajadores inmigrantes de los sectores agrícolas y de servicios con permisos temporales puedan aplicar por una tarjeta verde se concreta.

Desde aquí apoyamos todo lo que se legisle y regule en favor de los cientos de miles o millones de trabajadores exiliados, ya que ello beneficiará la vida de sus familias.

Mientras mejor y más tranquilos se encuentren los inmigrantes en Estados Unidos, más van a retribuir a la economía y a la sociedad a la que llegaron a refugiarse debido a las malas condiciones en sus países de origen.

Con información de La Opinión e Infobae.

Si tienes una situación migratoria complicada y quieres resolverla con alguien de confianza, con experiencia y paciencia, no dudes en agendar una cita con el equipo de la abogada Erika Jurado. ¡Nos enfocamos en todo tipo de casos migratorios y tenemos licencia para trabajar en todos los Estados Unidos! 

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