La Corte Suprema de Estados Unidos emitió un fallo en donde dice que los inmigrantes no tienen derecho a audiencias de fianza cuando se encuentran detenidos por alguna violación migratoria si es que el gobierno puede probar que son un riesgo para huir. Es decir, es un fallo en contra de los inmigrantes.
Corte suprema emite fallo contra inmigrantes al no darles derecho a audiencias de fianza en ciertos casos
¿Cómo va a suceder esto? Tú sabes que cuando los inmigrantes caen detenidos y empieza un proceso de deportación en contra de ellos, la mayoría que no tienen antecedentes penales o violaciones migratorias, pueden solicitar a la Corte que se les fije una fianza.
Y la fianza se fija suficientemente alta para garantizar que la persona regrese a su Corte y que pueda comparecer frente a los cargos que se le están imputando.
Bueno, hoy la Corte Suprema dijo: Si la persona es un riesgo de fuga, de acuerdo a lo que compruebe el Departamento de Seguridad Nacional, no va a tener derecho a fianza.
“A primera vista, el estatuto no dice nada sobre las audiencias de fianza ante los jueces de inmigración o la carga de la prueba, ni proporciona ninguna otra indicación de que tales procedimientos sean necesarios”, escribió la jueza Sonia Sotomayor para la mayoría en Johnson v. Arteaga-Martínez.
En una sentencia separada en Garland et al. v. Alemán González et al., los jueces también dijeron que el INA prohíbe a los tribunales considerar solicitudes de órdenes judiciales de clases de inmigrantes que podrían interferir con la aplicación de la ley.
Y esto viene a tener un peso muy negativo sobre todo en aquellos casos en donde la persona está detenida por meses y meses esperando una audiencia y por algún motivo en sus antecedentes o por alguna situación que tenga el gobierno piensa que se pueda escapar y ya no pueda regresar a comparecer a su Corte.
Así que si se le presentan esos argumentos a la Corte, y si está de acuerdo la Corte, ésta va a decir: Está bien, no ba a haber un derecho a fianza.
Y de esta manera estaría aceptando que la persona es riesgo de fuga y no se les va a dar fianza.
A la mayoría de ustedes no les va a afectar esta decisión. Les afectará a las personas que caen detenidas y no les quieren dar fianza porque tienen cierta situación.
Por ejemplo, la gente que tiene baatantes DIU’s en su récord, o quienes tienen antecedentes de violencia doméstica, antecedentes de drogas y se declaró culpable.
Y más que nada, en donde yo he visto esa fianza, es en los casos en donde el gobierno sospecha que la persona está relacionada a las pandillas. Ahí es cuando pueden considerar a las personas riesgo de fugarse y vamos a pedir que no se le dé fianza.
Y ahora, con esta decisión, el gobierno, el juez, está obligado a negarle la fianza, si es que el gobierno argumenta que esa persona y puede fugarse, esto sucede siempre y cuando se encuentren en proceso de deportación, a esas personas es a las que esta nueva decisión les afecta.
Y también a quien tiene antecedentes penales serios.
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